lunes, 18 de abril de 2016

Proyecto presentado a la Comisión de Asuntos Ecológicos de la Legislatura de Córdoba - Martes 17 de Febrero de 2015


Fundamentos del Borrador de ley sobre Cambio Climático 
para la provincia de Córdoba


El discurso y las políticas de cambio climático están siendo ganados por el capitalismo verde para mercantilizar los servicios ambientales, enriquecer a consultores y favorecer a industrias contaminantes. El Gobierno Boliviano y La Vía Campesina luchan en las Conferencias Oficiales y Populares del Cambio Climático por mitigación y adaptación no mercantil y por la Soberanía Alimentaria, respectivamente. 


Esta larga lucha que se viene sosteniendo a escala global y  que se ha profundizado con el avance de la Organización Mudial del Comercio sobre el patentamiento del conocimiento y la biodiversidad, se encuentra articulada en diversas redes de resistencia a la globalización capitalista que incluyen, luchas por el agua, luchas contra la megaminería, luchas contra los agronegocios, lucha contra las represas, todos movimientos NO originados por las vanguardias de occidente sino por los principales afectados, los pueblos indígenas y campesinos del mundo que están en la frontera del avance de la mercantilización de la naturaleza.


Son estos movimientos los que se han esforzado por agotar todas las instancias locales, nacionales e internacionales para defenderse ante el asesinato, la persecución, la desposesión, el procesamiento, llegando a conformar el movimiento de movimientos por la Justicia Climática en las sucesivas contra cumbres, la última, en Lima en diciembre del 2014:  http://cumbrepuebloscop20.org/es/,


Desde allí los movimientos denuncian y exigen:

“La Cumbre de los Pueblos cuestiona la captura corporativa de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático. Las grandes corporaciones transnacionales “acompañan” a los gobiernos en las negociaciones globales para acordar medidas que tienen por único fin limpiar de responsabilidades a los países industrializados por sus emisiones de gases de efecto invernadero y por ser los principales responsables del cambio climático. Exigimos que los pagos por servicios de la deuda externa e interna – que ahogan a los pueblos y limitan la capacidad de los Estados para atender necesidades básicas de las poblaciones –, se destinen a hacer frente a la crisis ambiental y climática, porque de ello depende la sobrevivencia de la Humanidad y todas las especies vivas del planeta”.


Si el dinero público no se utiliza para desarrollar infraestructura social, hidráulica, vial, sanitaria, energética, para implementar medidas de  adaptación que defiendan las regiones y comunidades más amenazadas,  los sectores más vulnerables seguirán siendo los más afectados, lo que viene siendo denunciado desde el movimiento por la Justicia Ambiental.  


Córdoba sólo se ha “adaptado” intentando buscar los bonos del fondo de carbono y del BID para empresas de servicios públicos terciarizados o públicos como EPEC, pero no ha adherido a la ley nacional 24.295 de 1994!!!. No mide, informa y mucho menos reduce los gases efecto invernadero (Emisiones por sector: Energía participó con un 46,8% de las emisiones totales, AGRICULTURA Y GANADERIA con 44,3%, Residuos con 5,0% y el restante 3,9% correspondió al Sector Procesos Industriales-Informe nacional de emisiones). Nada ha avanzado en la implementación de medidas de adaptación. Es desde este marco que proponemos a continuación el Borrador de ley de Cambio Climático, con el objetivo de contribuir a la discusión pública e informada que nos permita avanzar en medidas protectoras de nuestros derechos y el ambiente.



Borrador para la deliberación sobre la actualización de la provincia de Córdoba a la legislación internacional y nacional sobre Cambio Climático.



Visto


Que la Constitución de la Nación Argentina reconoce en su artículo 41 a todos sus habitantes el derecho a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras;



Que asimismo dispone que las autoridades proveerán a la protección de dicho derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica;



Que la República Argentina con la ratificación de a la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) a través de la ley 24.295 en el año 1994 ha asumido como obligaciones sostener inventarios e informar las emisiones de gases de efecto invernadero e implementar programas que contengan medidas para mitigar y facilitar la adecuada adaptación al cambio climático.



Que conforme a los informes del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático y de la CEPAL, la región se ha visto y se verá especialmente afectada por inundaciones.



Que los recientes acontecimientos de las Sierras Chicas, sumados a las anteriores inundaciones en la provincia, exigen medidas de mitigación y adaptación a fin de salvaguardar la vida y los derechos de la ciudadanía y la preservación del patrimonio cultural y natural de la provincia.



Considerando


Que es imprescindible una ley que establezca las acciones, instrumentos y estrategias adecuadas de mitigación y adaptación al Cambio Climático en la provincia de Córdoba, para reducir la vulnerabilidad humana y de los sistemas naturales.



Que es imprescindible definir medidas para evaluar la emisión de gases efecto invernadero, reducir las fuentes y mejorar los sumideros de gases de efecto invernadero.



Que es necesario definir acciones de adaptación para prevenir, atenuar o minimizar los daños o impactos asociados al Cambio Climático. En este sentido, trabajar sobre los distintos sistemas (de energía, viales, hidroeléctricos, de salud, etc.) de la provincia para ajustar sus características o su comportamiento al Cambio Climático y la variabilidad climática y los eventos climáticos extremos.



Que debe realizarse un análisis de la vulnerabilidad de las distintas regiones y municipios de la provincia, identificando y caracterizando la capacidad de respuesta de los componentes del medio físico, de los ecosistemas y de los distintos grupos sociales ante los peligros climáticos futuros, así como trabajar en el diseño de escenarios climáticos que contemplen emisiones de gases y otros contaminantes a fin de estimar cómo serán afectados los sistemas naturales y las actividades humanas, especialmente identificando a la población más vulnerable en la provincia.



Que es indispensable definir los principios de política para la actuación frente al cambio climático: a) Responsabilidades Comunes pero Diferenciadas. b) Transversalidad del Cambio Climático en las políticas de Estado. c) Prioridad: Las Políticas de adaptación y mitigación del Cambio Climático deberán priorizar las necesidades de los grupos sociales más vulnerables.



Que es imprescindible definir estructuras y medidas institucionales de Coordinación para la actuación en las emergencias y los riesgos climáticos futuros, su monitoreo y el manejo de riesgos, en los planes de formulación de políticas. La reevaluación de los planes actuales para aumentar la solidez de los diseños de infraestructuras. La preparación de la administración pública y de la sociedad en general, ante los cambios climáticos futuros. La constitución de un proceso participativo entre todos los involucrados y actores interesados, que conduzca a la definición de las mejores opciones de adaptación y mitigación al Cambio Climático para integrarlas en la gestión de los distintos sectores y sistemas.



El “Plan de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático“ debe contener, como mínimo, las siguientes acciones y medidas:

a) Análisis de los cambios observados en las distintas variables climáticas y establecimiento de las proyecciones futuras de las mismas.

b) Definición y aplicación de los métodos y herramientas para evaluar los impactos y la capacidad de adaptación de los sistemas sociales y naturales.

c) Determinación de los puntos vulnerables y de medidas de adaptación adecuadas a corto, mediano y largo plazo.

d) Determinación de los sectores responsables de las emisiones de gases de efecto invernadero, y cuantificación de las mismas.

e) Desarrollo de medidas de mitigación necesarias para la reducción de los gases de efecto invernadero a corto, mediano y largo plazo.

f) Desarrollo de directrices para incorporar en los procesos de Evaluación de Impacto Ambiental las consideraciones relativas a los impactos del cambio climático.

g) Establecimiento de las líneas de base que se utilizarán para el proceso de seguimiento y evaluación de medición del cambio y eficacia de las estrategias, políticas y medidas adoptadas.

h) Fortalecimiento de los sistemas de observación y monitoreo hidrometeorológica en toda la provincia, para el control efectivo de las condiciones de la temperie y el clima, la persistencia, intensidad y frecuencia de eventos extremos y sus implicancias locales.

i) Concientización de la población sobre la necesidad de plantear una nueva conciencia ambiental que permita reducir los efectos nocivos del cambio climático y aumentar la capacidad de adaptación.



En relación a los recursos hídricos:
I) Desarrollo de modelos hidrometeorológicos que permitan obtener proyecciones apropiadas de las variables atmosféricas e hidrológicas necesarias para el manejo de riesgos ambientales, incluidos eventos extremos.
II) Evaluación de la capacidad de adaptación del sistema de gestión del agua bajo las proyecciones hidrometeorológicas disponibles, y desarrollo de estrategias.
III) Estudio de la capacidad de infiltración y captación de las precipitaciones esperadas. IV) Identificación de los indicadores más sensibles al cambio climático.
V) Directrices para incorporar en los procesos de Evaluación de Impacto Ambiental las consideraciones relativas a los impactos del cambio climático en los planes y proyectos relacionados con el sector hidrológico.


En relación a la salud:
I) Evaluación del efecto del cambio climático en la salud, teniendo en cuenta las proyecciones de la estructura socioeconómica.
II) Cartografía de las zonas más vulnerables para la salud humana bajo los distintos escenarios socioeconómicos y de cambio climático.
III) Desarrollo de planes de actuación en salud pública basados en sistemas de vigilancia ambiental y emisión de alerta temprana, que permitan la identificación de situaciones de riesgo sanitario.
IV) Desarrollo de programas de vigilancia y control específicos, con respecto a enfermedades infecciosas, de transmisión vectorial, de origen hídrico y por contacto con personas y animales infectados y de los trastornos derivados de las olas de calor en la provincia.
V) Seguimiento de los patrones de transmisión de las enfermedades infecciosas.
VI) Desarrollo de actividades dirigidas a aumentar la concientización y participación ciudadana en todas las actividades relacionadas con el cambio climático y sus implicaciones en la salud humana.

En relación al sector industrial y energético:
I) Evaluación de los impactos sobre la matriz y demanda energética como consecuencia del cambio climático, bajo los distintos escenarios.
II) Implementación de modelos y acciones tendientes a reducir los impactos negativos de la demanda energética derivada del cambio climático.
III) Evaluación de la vulnerabilidad de los sistemas de transmisión energética ante los distintos escenarios de cambio climático, especialmente, ante eventos climáticos extremos.

Por lo expuesto se propone la realización de una ronda de consulta para la elaboración de una ley por la que Córdoba actualice su legislación en lo que respecta a cambio climático, asumiendo los compromisos nacionales y garantizando los derechos de la ciudadanía.







Proyecto presentado a la Comisión de Asuntos Ecológicos de la Legislatura de Córdoba el martes 17 de febrero de 2015, por Área Estado, Ciudadanía y Justicia Ambiental, IIFAP-UNC. 

 







 

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